viernes, 28 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (XIII)

El Estudio de Seguridad y Salud (XIII)

Mediciones, presupuesto y planos


Manual para la redacción de estudios básicos de seguridad y salud
Cada Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe incluir un capítulo con las mediciones de todas las unidades de obra que se refieran a elementos de seguridad y salud. El cálculo correcto de las mediciones requiere disponer previamente de un buen plan de ejecución de obra. En obras de edificación, el CTE exige que los proyectos de ejecución incluyan, dentro de su presupuesto detallado, el presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud. A falta de un presupuesto detallado, puede estimarse que el coste total de la Seguridad y Salud en la obra supone un porcentaje que varía entre el 1,5 y el 3% sobre el Presupuesto de Ejecución Material (PEM) del proyecto. En cualquier caso, la falta de previsión económica no puede justificar carencias en las medidas preventivas que la obra requiere.

Planos de Seguridad y Salud

Cada ESS debe incluir la planimetría necesaria, la cual puede estructurarse en cuatro grupos temáticos:
  • planos de implantación: zonificación (accesos, recorridos, carga y descarga, acopio de materiales, grúas, parque de maquinaria, talleres, almacenes, compresores, hormigoneras…), instalaciones de electricidad e iluminación, y locales de obra (aseos, vestuarios, comedores, primeros auxilios, locales de descanso, locales de alojamiento, oficinas…)
  • planos de evacuación: señalización, protección contra incendios e itinerarios de evacuación y de acceso al centro asistencial más próximo
  • planos de protecciones colectivas, diferenciado por fases de ejecución
  • planos de prevención para trabajos posteriores: elementos de sujeción para tareas de mantenimiento.

martes, 25 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (XII)

El Estudio de Seguridad y Salud (XII)

El Pliego de condiciones: Condiciones técnicas


Dentro del Estudio de Seguridad y Salud, el Pliego de condiciones debe definir las siguientes condiciones técnicas:

Equipos de Protección Individual (EPI)


Portwest PW30 - EN166 visitante Seguridad Espectáculo, color
Las prendas y elementos de protección personal deben tener fecha de caducidad, y deben ser desechadas cuando el periodo de vida útil alcanza su fin. Por otra parte, si las condiciones laborales concretas a que ha estado sometido un elemento han acelerado su deterioro, la sustitución deberá producirse antes, procurando que nunca se superen las holguras o tolerancias recomendadas por los fabricantes.

Protecciones colectivas


Hailo 1-2-3 500 - Andamio de aluminio con sistema "Hailo Speed Lock", 330 x 170 x 120 cm (altura max. de trabajo: 4,40 m)
Las protecciones colectivas están sujetas a las siguientes condiciones de índole técnica:
  • estarán en perfecto estado, acopiadas y listas para su uso con suficiente antelación
  • su instalación deberá completarse antes del inicio de cualquier tarea a la que deba amparar
  • si se manifiesta cualquier deterioro capaz de mermar su eficacia, los trabajos protegidos se paralizarán y se procederá al desmontaje inmediato, utilizando EPIs tanto en el desmontaje como en la instalación de barreras temporales y en la reposición posterior de la protección reparada
  • cualquier modificación en la disposición de protecciones colectivas requerirá su planificación previa, en colaboración con el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, y el registro de la operación en el Libro de órdenes y asistencias
  • no se admitirá la sustitución de protecciones colectivas previstas por EPIs.

Maquinaria


Einhell 4430619 Radial angular TC-AG 125, diámetro de 125 mm, sin disco de corte, 850 W, 230 V, color rojo y negro
La maquinaria está sujeta a las siguientes condiciones técnicas:
  • debe tener diseño ergonómico
  • debe mantenerse en buen estado de funcionamiento
  • debe utilizarse adecuadamente, sólo para el propósito para el que fue diseñada
  • su uso debe restringirse a los operarios que demuestren experiencia o formación adecuadas
  • debe tener inscripciones legibles e indelebles, indicando el nombre y dirección del fabricante, la marca CE, el año, la marca comercial, el modelo, el número de serie y demás información necesaria
  • debe contar con manual de instrucciones que informe de las condiciones del marcado CE, las instrucciones de uso y mantenimiento, las condiciones previstas para la utilización y demás información necesaria.

Medios auxiliares


Escalera profesional de aluminio triple tijera un acceso con tramo extensible 3 x 9 peldaños serie triple
Los medios auxiliares deben estar sujetos a las siguientes condiciones técnicas:
  • el montaje parcial, omitiendo componentes, queda prohibido
  • se prohíbe la utilización de medios auxiliares que no cuenten con todos los dispositivos de seguridad exigidos por la legislación aplicable vigente
  • se optará preferentemente por medios auxiliares que incorporen la marca CE.

Señalización

La señalización queda sujeta a las siguientes condiciones técnicas:
  • debe ser estable y resistente a la intemperie
  • el emplazamiento de todos los elementos debe garantizar su correcta percepción
  • irá acompañada de una instalación auxiliar de iluminación siempre que resulte necesario
  • en el momento en que deje de ser necesaria, se procederá a su desmontaje.

Productos y sustancias químicas empleados en la obra

Los productos y las sustancias químicas quedan sujetos a las siguientes condiciones técnicas:
  • deben estar siempre debidamente envasados y etiquetados
  • deben conservarse y manipularse en condiciones de seguridad
  • la existencia en obra de sustancias peligrosas no previstas debe ser puesta en conocimiento del Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
  • cada producto químico debe contar con una ficha de datos de seguridad, proporcionada por el proveedor, con información sobre los componentes, los peligros asociados, los primeros auxilios recomendados, las medidas recomendadas para el almacenaje y la manipulación, las condiciones de eliminación y demás información necesaria.

Locales de higiene y bienestar


vidaXL Armario Taquilla con 3 Compartimentos Acero 90x45x180 cm Gris Casillero
Los locales de higiene y bienestar deben cumplir las siguientes condiciones técnicas:
  • la altura libre debe ser, como mínimo, de 2,30 m
  • los suelos, las paredes y los techos deben ser lisos e impermeables
  • cada local debe tener ventilación independiente y directa, y debe contar con iluminación natural y artificial
  • los vestuarios deben tener asientos y taquillas individuales con llave
  • los aseos deben tener agua caliente, y deben contar con toalleros, jaboneras y demás elementos auxiliares necesarios
  • los comedores deben contar con mesas, sillas, menaje, calienta-comidas, fregadero y cubo de basura.

lunes, 24 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (XI)

El Estudio de Seguridad y Salud (XI)

El Pliego de condiciones: Condiciones facultativas y económicas


Coordinador de seguridad y salud en el sector de la construcción
Las condiciones de índole facultativa que debe definir el Pliego de condiciones de todo Estudio de Seguridad y Salud son:
  • Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: obligado a anotar todo incumplimiento de las medidas de seguridad y salud en el Libro de incidencias, y a recibir copia de todas las anotaciones practicadas en el mismo, propias o ajenas, y remitirlas a la Inspección provincial trabajo y seguridad social antes de que pasen 24 horas, así como a notificar cada anotación al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores
  • Estudio de Seguridad y Salud (ESS): a disposición del contratista para su análisis, estudio y desarrollo
  • Plan de Seguridad y Salud (PSS) en el trabajo: elaborado por el contratista a partir del análisis del ESS y puesto a disposición del Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y del resto de los agentes intervinientes
  • Libro de incidencias: siempre en la obra, en poder del Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra y a disposición de la dirección facultativa, los contratistas, los subcontratistas, los trabajadores autónomos, los representantes de los trabajadores y los responsables en materia de prevención
  • Paralización de los trabajos: cualquier miembro de la dirección facultativa puede disponer la paralización total o parcial de la obra si detecta riesgo grave e inminente para la seguridad o la salud de los trabajadores, quedando obligado a dar cuenta a la Inspección de trabajo y seguridad social, a los contratistas, a los subcontratistas y a los representantes de los trabajadores
  • Seguros de responsabilidad civil y todo riesgo en obra: tanto los técnicos como los contratistas deben disponer de cobertura de responsabilidad civil en el ejercicio de sus actividades.

El seguro de responsabilidad civil del contratista debe cubrir el riesgo de daños a terceras personas por culpa o negligencia imputable al mismo.

Condiciones económicas

Las condiciones de índole económica a definir en el pliego de condiciones son:
  • presupuesto de seguridad y salud: cualquier medida alternativa que se implemente en materia de prevención debe aportarse correctamente valorada, y no debe implicar una reducción respecto del coste total previsto
  • normas para la certificación de elementos de seguridad: abono por el promotor previa certificación por parte del director de ejecución de la obra
  • precios contradictorios: con respeto por lo pactado para las unidades de ejecución normales.

viernes, 21 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (X)

El Estudio de Seguridad y Salud (X)

El Pliego de condiciones: Condiciones legales


Ley de prevención de riesgos laborales: comentada y con jurisprudencia
El Pliego de condiciones es el apartado del Estudio de Seguridad y Salud (ESS) en el que se concretan los criterios que habrán de regir la aplicación en obra de las medidas preventivas. El pliego debe definir las condiciones legales siguientes:

Disposiciones legales de aplicación

  • R. D. 1407/1992, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual
  • Ley 31/1995, de prevención de Riesgos Laborales
  • Reglamento de los Servicios de Prevención (R. D. 39/1997, modificado por el R. D. 780/1998)
  • R. D. 485/1997, sobre señalización de seguridad y salud
  • R. D. 486/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
  • R. D. 487/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores
  • R. D. 773/1997, sobre utilización por los trabajadores de equipos de protección individual
  • R. D. 949/1997, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de prevencionista de riesgos laborales
  • R. D. 952/1997, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos
  • R. D. 1215/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo
  • R. D. 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
  • Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
  • R. D. 216/1999, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal
  • R. D. 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo
  • R. D. 614/2001, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico
  • R. D. 783/2001, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes
  • Resolución de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo general del sector de la construcción
  • normas UNE
  • normas técnicas de prevención (NTP)
  • guías técnicas del INSHT
  • otras disposiciones legales aplicables.

Obligaciones de las partes implicadas

  • Obligaciones del promotor: contratar coordinadores, elegir al contratista, abonar las partidas correspondientes a seguridad y salud...
  • obligaciones del Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
  • obligaciones de los contratistas: elaborar el Plan de Seguridad y Salud y procurar que se cumpla, aplicar los principios de acción preventiva, respetar la normativa de prevención de riesgos laborales, informar e instruir a los trabajadores autónomos acerca de las medidas que deben adoptar en materia de seguridad y salud, acatar las instrucciones de la dirección facultativa...
  • obligaciones de los trabajadores: velar por su propia seguridad y por la seguridad de otros, usar adecuadamente las herramientas y la maquinaria, utilizar correctamente los medios de protección y los dispositivos de seguridad, informar de cualquier riesgo imprevisto para la seguridad y la salud, cooperar para que el entorno de trabajo sea seguro…

jueves, 20 de septiembre de 2018

Evaluación general de riesgos (II)

Evaluación general de riesgos en la obra (II)

Estimación del riesgo


Evaluación Riesgos en la Construcción
La severidad de un daño puede clasificarse según se expone a continuación:
  • severidad ligeramente dañina: daños superficiales, molestias o irritación (cortes, magulladuras, jaquecas, irritación ocular…)
  • severidad dañina: laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras, fracturas menores, sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos...
  • severidad extremadamente dañina: amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales, cáncer…

Probabilidad del daño

Para cada daño y para cada nivel de severidad se puede estimar un nivel de probabilidad:
  • probabilidad alta: siempre o casi siempre
  • probabilidad media: en ocasiones
  • probabilidad baja: raras veces.

Clasificación de riesgos

Considerando la severidad y la probabilidad, los riesgos pueden clasificarse como sigue:
  • riesgo trivial: ligeramente dañino y con probabilidad baja (no requiere acción preventiva adicional específica)
  • riesgo bajo: ligeramente dañino con probabilidad media o dañino con probabilidad baja (requiere la comprobación periódica de la eficacia de las acciones preventivas dispuestas)
  • riesgo moderado: ligeramente dañino con probabilidad alta, dañino con probabilidad media o extremadamente dañino con probabilidad baja (requiere la implantación de acciones preventivas adicionales capaces de reducir el riesgo)
  • riesgo importante: dañino con probabilidad alta o extremadamente dañino con probabilidad media (requiere la paralización de la actividad hasta que las acciones preventivas adicionales hayan conseguido reducir el riesgo de manera eficaz)
  • riesgo especial: extremadamente dañino con probabilidad alta (requiere la paralización de la actividad hasta que el riesgo pueda clasificarse como bajo o trivial).

Los niveles moderado, importante y especial no son tolerables y exigen la adopción de una acción preventiva capaz de rebajar el nivel de riesgo al de bajo o trivial. Cuando no es posible reducir el nivel de un riesgo especial, la actividad debe prohibirse.

Evaluación de riesgos en el PSS

Cuando la evaluación de riesgos corresponde al Plan de Seguridad y Salud (PSS) redactado por un constructor, se debe tener en cuenta las características personales de los trabajadores en situación de riesgo. En concreto, se prestará especial atención a los colectivos siguientes:
  • personal con minusvalías
  • personal inexperto (estacionales, temporeros…)
  • personal destinado a espacios reducidos
  • personal destinado a mantenimiento
  • trabajadores jóvenes y mayores
  • trabajadores enfermos o en tratamiento médico (bronquitis…)
  • mujeres embarazadas y madres lactantes.

miércoles, 19 de septiembre de 2018

Evaluación general de riesgos (I)

Evaluación general de riesgos en la obra (I)

Niveles de prevención, tipos de evaluación y previsión de actividades


Métodos de evaluación de riesgos laborales
La evaluación de riesgos laborales se refiere a los riesgos que no pueden evitarse, y su propósito es indicar qué medidas preventivas son necesarias y cuándo es necesario adoptarlas.

Niveles de prevención

Cada empresa constructora está obligada a desarrollar su actividad preventiva en dos niveles:
  • a nivel de empresa, mediante un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PPRL)
  • a nivel de obra, mediante un Plan de Seguridad y Salud (PSS).

Los centros de trabajo dedicados a la construcción tienen ciertas peculiaridades:
  • las condiciones de trabajo no son constantes
  • los trabajadores tienen mucha movilidad
  • la duración de cada actividad es relativamente corta
  • el periodo de ejecución de cada actividad depende de una secuencia programada
  • pueden intervenir trabajadores que no dependen del contratista principal, sino de subcontratas.
El PSS siempre incluirá mediciones y presupuesto de las partidas correspondientes a seguridad y salud, aunque corresponda a un EBSS.

Tipos de evaluación de riesgos

La evaluación de riesgos laborales puede desarrollarse con o sin la realización de pruebas (mediciones, análisis y/o ensayos). Dependiendo del riesgo a evaluar, es posible que exista una normativa que establezca los métodos o procedimientos a seguir en las pruebas, o bien que dicha normativa no exista, en cuyo caso se podrá acudir a otras fuentes, como:

Cuando una apreciación profesional acreditada permita resultados suficientemente fiables, se podrá prescindir de la realización de pruebas. Es habitual que los Estudios de Seguridad y Salud (ESS) y los Planes de Seguridad y Salud (PSS) apliquen el método de evaluación general de riesgos del INSHT para evaluar la mayor parte de los riesgos de la obra.

Previsión de actividades a desarrollar

Las actividades de la obra pueden agruparse como sigue:
  • por oficios, fases de obra, instalaciones, elementos de obra, tajos, etc. (implantación, demoliciones, albañilería, cerrajería…)
  • por equipos técnicos (instalaciones de obra, maquinaria de elevación, maquinaria para cimentaciones, estructura y trabajos auxiliares…)
  • por medios auxiliares (escaleras, conductos de desescombro, puntales…)
  • por protecciones colectivas (redes, barandillas, andamios…).

lunes, 17 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (IX)

El Estudio de Seguridad y Salud (IX)

Implantación de la prevención: Coordinación de actividades preventivas y Organización de los recursos. Procedimientos, instrucciones y controles.


La coordinación de las actividades preventivas en el sector de la construcción (Laboral)
Los medios de coordinación son:

  • el intercambio de información entre empresas
  • la celebración de reuniones periódicas entre empresas
  • las reuniones entre los distintos comités de seguridad y salud o entre empresarios y delegados de prevención
  • la instrucción en materia de seguridad y salud
  • el establecimiento de medidas específicas, procedimientos o protocolos de prevención de riesgos
  • la presencia de recursos preventivos
  • la designación de responsables para la coordinación de actividades preventivas.

Los objetivos de la coordinación de actividades preventivas son:

  • la aplicación responsable y coherente de los principios de acción preventiva
  • la correcta aplicación de los métodos de trabajo
  • el control de interacciones entre actividades diferentes
  • la adecuación entre los riesgos existentes y las medidas dispuestas para prevenirlos.

Los encargados de la coordinación de actividades preventivas tienen las funciones siguientes:

  • estar presentes en el centro de trabajo durante el tiempo que requiera el ejercicio de sus funciones
  • propiciar la consecución de los objetivos de la coordinación
  • propiciar el intercambio de informaciones entre empresas
  • las que encomiende el empresario titular del centro de trabajo.

Organización de los recursos preventivos

Los recursos preventivos pueden ser:

  • trabajadores designados por el empresario
  • miembros pertenecientes al servicio de prevención, ya sea éste propio o ajeno.

Cada contratista debe procurar que sus recursos preventivos estén presentes en la obra cuando se vaya a ejecutar trabajos con riesgos especiales, a fin de que vigilen el cumplimiento de las medidas establecidas en el Plan de Seguridad y Salud (PSS) y comprueben su eficacia.

Procedimientos, instrucciones y controles

El Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe exigir que el PSS defina los procedimientos que cada contratista utiliza en materia de seguridad. El Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra puede exigir la inclusión de procedimientos en el PSS, así como su modificación. La definición debe limitarse a la secuencia de operaciones implicadas en cada trabajo, informando de los medios materiales y humanos que requiere una ejecución segura y organizada. Los procedimientos de seguridad que deben quedar documentados en el PSS son:
  • los destinados a controlar riesgos especiales
  • los destinados a ejecutar las medidas de seguridad asociadas a los trabajos caracterizados por riesgo especial (barandillas, andamios, ganchos de seguridad, arneses anticaídas, puntos de fijación, cables fiadores…)
  • los de utilización de equipos de trabajo, protecciones colectivas y Equipos de Protección Individual (EPI) cuando no tienen marcado CE (la existencia de marcado implica que ya tienen instrucciones de uso)
  • los de control de la aplicación de los métodos de trabajo
  • los de gestión de la seguridad (interferencias con infraestructuras, atención a la dirección facultativa, controles de acceso a la obra, reuniones, nombramientos, asistencias, modificaciones del PSS, certificados de aptitud o formación, capacitaciones para el uso de maquinarias…).

El procedimiento de control de acceso a la obra debe incluir la identificación de los responsables y el método a seguir. Si el acceso de vehículos es frecuente, el procedimiento podrá incluir la disposición de las señales siguientes:
  • control de gálibo
  • velocidad máxima (20 km/h)
  • zonas de tránsito de peatones
  • sentidos de circulación y salidas.

viernes, 14 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (VIII)

El Estudio de Seguridad y Salud (VIII)

Implantación de la prevención: Gestión


Listado De Chequeo Para La Corrección Del Contenido Del Plan De Seguridad Y Salud
El Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe exigir que el Plan de Seguridad y Salud (PSS) que redacte el contratista incluya la organización preventiva y su implantación. Dicha información puede estructurarse como se indica a continuación:
  • organización empresarial: recursos para las actividades preventivas, resultados de la evaluación de riesgos, plan de prevención, vigilancia de la salud, información, consulta y participación de los trabajadores, formación en prevención de riesgos, previsiones para casos de emergencia, seguros contra accidentes laborales, documentación a requerir a cada subcontratista...
  • organización en obra: Libro de visitas, Comunicación de apertura del centro de trabajo, designación de recursos preventivos, instrucción en materia de prevención de los riesgos particulares de la obra, procedimientos específicos de seguridad...
  • organización de la prevención con otros contratistas o subcontratistas: sistemas de comunicación entre empresas, reuniones de información y coordinación, responsables del suministro, la colocación y el mantenimiento de las señales de seguridad, responsables de los medios auxiliares, de las protecciones colectivas e individuales, de la maquinaria…

Encargado de seguridad

El ESS puede exigir que la contrata principal designe a un encargado de seguridad, que será la persona encargada de:
  • vigilar el cumplimiento del PSS, especialmente en lo que se refiere a las disposiciones mínimas de seguridad y salud
  • instruir a los trabajadores acerca de las medidas de seguridad y salud que deben adoptar
  • proporcionar a los trabajadores los Equipos de Protección Individual (EPI) y las protecciones colectivas
  • designar obreros encargados de disponer protecciones colectivas, medios auxiliares, señales, etc.
  • recibir las comunicaciones relacionadas con la seguridad y la salud en la obra
  • transmitir y hacer cumplir las órdenes de la dirección facultativa que estén relacionadas con la seguridad y la salud en la obra
  • detectar y comunicar posibles desviaciones respecto de lo previsto en el PSS
  • formalizar gestiones de seguridad: control de acceso a la obra, actas de reuniones, nombramientos y asistencias, recibos de comunicaciones y entregas, modificaciones del PSS…
  • comunicar inmediatamente las anotaciones en el Libro de incidencias al Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

Por otra parte, el ESS puede exigir que cada subcontrata designe a un Delegado de seguridad, encargado de comunicarse con el Encargado de seguridad de la contrata principal.

Seguro de riesgos en el trabajo

La Ley de prevención de riesgos laborales establece la posibilidad de contratar seguros para la cobertura de riesgos derivados del trabajo. Dichos seguros pueden ser concertados por:

  • la empresa, respecto de sus trabajadores
  • los trabajadores autónomos, respecto a ellos mismos
  • las sociedades cooperativas cuya actividad consista en la prestación de trabajo personal, respecto a sus socios.


jueves, 13 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (VII)

El Estudio de Seguridad y Salud (VII)

Acciones preventivas: Protecciones técnicas, Locales comunes y Trabajos posteriores


Entre las Acciones preventivas, el Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe definir las protecciones técnicas, que son:

BIE abatible, 25 mm, manguera de 20 metros con puerta semiciega roja con visor
  • protección contra incendios: medios manuales (Bocas de Incendio Equipadas -BIE-, mantas ignífugas, extintores de agua, de polvo, de espuma, de nieve carbónica, de hidrocarburos halogenados…), medios automáticos (detectores, pulsadores, alarmas…) e instalaciones de iluminación (de emergencia, de reemplazamiento o de señalización)
  • protecciones eléctricas: cuadro eléctrico, interruptores diferenciales, Pequeños Interruptores Automáticos (PIA), toma de tierra, transformadores, comprobadores de tensión...
  • protecciones colectivas. barandillas (empotradas, soldadas, hincadas, sobre puntales, de apriete…), andamios (modulares, cimbra, sobre ruedas, colgados…), escaleras (de mano, fijas, sobre andamio, escalas…), plataformas (de paso, de trabajo, de desembarco, de soldador, elevadora…), redes anticaídas (vertical, horizontal, sobre horca, sobre bandejas, toldo…), arneses y cables de seguridad, sistemas anti-caída de personas (ganchos de seguridad, plataformas…), sistemas anticaída de objetos (red vertical, toldo, vallas, viseras, marquesinas…) y otras protecciones (cerramientos de obra,entibaciones, encimbrados, topes de retroceso, bajantes de escombros, sistemas de ventilación, barreras anti-polvo, protectores de nudos…)
  • Equipos de Protección Individual (EPI): protecciones para la cabeza (casco, gorro…), para los ojos (gafas), para la cara (pantallas), para las vías respiratorias (mascarillas, filtros…), para el oído (tapones, orejeras…), para el torso (mandiles, cinturones, fajas…), para los brazos (manoplas, manguitos…), para las manos (guantes, muñequeras…), para los pies (calzado, polainas…) o para el cuerpo entero (impermeables, prendas para protección química o ignífuga…), protecciones anticaídas (cinturón de recorrido, arnés anticaídas, puntos de fijación, cables fiadores...) y otras protecciones (cinturón portaherramientas, casco con linterna, banqueta de maniobra, tarimas o pérgolas aislantes, rodilleras…).

Locales sanitarios y locales comunes


Wolfpack 15030020 - Cascos para obra, color blanco
Los locales sanitarios y los locales comunes se dimensionan en función del número de trabajadores implicados en la obra. El ESS debe establecer el número de casetas o zonas habilitadas como aseos, vestuarios y comedores. Para ello, se puede tener en cuenta los estándares siguientes:
  • en aseos, un inodoro y un espejo por cada 25 trabajadores, y una ducha y un lavabo por cada 10 trabajadores
  • la capacidad de los vestuarios debe ser la suficiente para que, entre aseos y vestuarios, cada trabajador disponga de 2 m2
  • la capacidad de los comedores debe proporcionar 2 m2 por cada trabajador.

Los aseos deben tener toalleros, jaboneras y demás elementos auxiliares, y los vestuarios deben tener armarios con cerradura.

Previsiones e informaciones para trabajos posteriores

El apartado de Acciones preventivas debe incluir previsiones e informaciones útiles en relación con la seguridad y la salud asociadas a los trabajos a ejecutar con posterioridad a la terminación de la obra. Los trabajos posteriores a considerar son los de limpieza, reparación, conservación y mantenimiento del inmueble.

miércoles, 12 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (VI)

El Estudio de Seguridad y Salud (VI)

Acciones preventivas: Formación, Señalización y Medidas preventivas complementarias


La formación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales es responsabilidad de su contratista, y debe impartirse con anterioridad a la incorporación a cada puesto de trabajo. La formación debe tener en cuenta los resultados de la evaluación de riesgos. Algunos oficios requieren formación o cualificación especializada, como los gruistas, los instaladores de aparatos elevadores, los conductores o los manipuladores de maquinaria de movimiento de tierras.

Señalización


Cv Tools 0236 - Cartel pvc 40x30 materias explosivas
Los medios empleados para la señalización de obras son:
  • paneles de advertencia: materias explosivas, inflamables, tóxicas, comburentes, radiactivas, corrosivas, nocivas o irritantes, radiación láser o no ionizante, cargas suspendidas, campo magnético, riesgo de tropiezo, caída o electrocución, riesgo biológico, vehículos de manutención, bajas temperaturas...
  • paneles de prohibición: prohibido fumar, prender fuego, apagar incendios con agua, tocar, prohibido el acceso a personas no autorizadas o a vehículos de manutención, agua no potable...
  • paneles de obligación: protección obligatoria de la vista, de la cabeza, de los oídos, de las vías respiratorias, de las manos, del cuerpo, de la cara, protección obligatoria contra caídas...
  • paneles de protección contra incendios: manguera de incendios, escalera de mano, extintor, recorrido de evacuación...
  • paneles de salvamento y socorro: salida de emergencia, dirección de evacuación, primeros auxilios, camilla, ducha de seguridad, lavado de ojos...
  • carteles: sólo electricistas, mantenerse fuera del radio de acción de la máquina...
  • otros: valla de señalización, banda de seguridad…

Medidas preventivas complementarias


PONSA. KIT BASICO ANTICAIDAS CGPK7: Arnés (2 puntos anclaje) + elemento de Amarre + 2 mosquetones. 031053001813
A las medidas preventivas que los trabajadores ya conocen por la formación que han recibido se puede añadir medidas complementarias como las siguientes:
  • necesidad de arnés anticaídas en desniveles superiores a los 2 m de altura cuando no haya protecciones colectivas eficaces
  • vigilancia del cumplimiento de las normas y de la estabilidad y sujeción de equipos y materiales
  • orden y limpieza
  • delimitación de recorridos peatonales
  • intervención de señalista en tareas de carga y descarga
  • transporte mecánico de materiales
  • prohibido izar cargas que excedan los 25 kg de peso
  • planificación de operaciones
  • prohibido trabajar en la vertical de otros trabajos
  • programación de descansos periódicos
  • ventilación natural obligatoria
  • humedecer materiales, cuando proceda
  • desconexión de corriente eléctrica
  • manipulación restringida a personal especializado
  • parada o interrupción de tajos cuando proceda
  • hidratación periódica de los operarios
  • uso de detectores de redes o gases
  • reconocimiento del entorno
  • instrucciones en caso de accidente
  • mantenimiento de herramientas y maquinaria
  • protección de la piel contra el sol.

martes, 11 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (V)

El Estudio de Seguridad y Salud (V)

Acciones preventivas: Información


El Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe incluir un apartado de Acciones preventivas que debe contener, a su vez, un epígrafe de Información, en el que se desarrolle la información que todos los trabajadores deben recibir antes de incorporarse a su puesto de trabajo. El epígrafe debe incluir:
  • Plan de autoprotección: obligatorio en todas las empresas
  • riesgos laborales evitables
  • medidas técnicas para evitar riesgos evitables
  • riesgos laborales inevitables
  • medidas preventivas y protecciones técnicas destinadas a controlar y reducir los riesgos inevitables
  • trabajos que implican riesgos especiales.

Plan de autoprotección

Plan de autoprotección. Manual para su redacción.
La redacción del Plan de autoprotección es responsabilidad del empresario, pero dado que todas las empresas están obligadas a disponer de un Servicio de prevención, serán los técnicos de dichos servicios quienes acaben redactando o haciendo que se redacte el documento, como parte del ejercicio de sus funciones. El Plan de autoprotección es un grupo de cuatro documentos:
  • Evaluación del riesgo: análisis de las condiciones del inmueble
  • Medios de protección: análisis de medios humanos y materiales
  • Plan de emergencia: organización de medios humanos y materiales para prevenir el riesgo y garantizar la evacuación
  • Implantación: actividades formativas, simulacros, etc.

De los cuatro, el documento más importante es el Plan de emergencia. La implantación efectiva del Plan de emergencia implica la previa dotación de los medios materiales de prevención y protección necesarios, en función de las características del inmueble y de los usos que en él se desarrollan. Así pues, hasta el momento en que el inmueble esté equipado con las instalaciones necesarias, el Plan de emergencia será sólo provisional. El Plan de emergencia incluye:
  • Equipos de emergencia: organización de los medios disponibles
  • Plan secuencial: actuación de los medios disponibles.


Riesgos laborales inevitables

Prevención de riesgos laborales (Formación Profesional Básica)
En cuanto a los riesgos que no pueden eliminarse, en obras de construcción se puede establecer la tipificación siguiente:
  • daños a terceros: riesgos capaces de afectar a personas ajenas al proceso constructivo
  • golpes, cortes, pinchazos, abrasiones: con materiales, máquinas o herramientas
  • caída de personas al mismo nivel: tropiezos o resbalones
  • caída de personas a distinto nivel
  • caída de materiales o herramientas
  • atropellos, vuelcos, atrapamientos: riesgos asociados a la circulación, el estacionamiento y el mantenimiento de vehículos
  • aplastamientos y sepultamientos: riesgos asociados al desprendimiento, desplome o derrumbamiento de elementos masivos
  • proyección de partículas
  • polvo ambiental: riesgo de producir afecciones de tipo tóxico, alérgico, fibrógeno u obstructivo
  • sustancias peligrosas al contacto: riesgo de dermatitis
  • inhalación de gases: sobreexposición o subexposición al oxígeno, o presencia de agentes químicos tóxicos
  • daños músculo-esqueléticos: sobreesfuerzos capaces de afectar a músculos, tendones, nervios y articulaciones
  • vibraciones: por uso de medios de transporte, maquinaria o herramientas
  • ruido: riesgo de contraer sordera temporal o permanente
  • quemaduras y radiaciones: riesgo de afección a los ojos y la piel
  • contactos eléctricos: directos (contacto con conductores) o indirectos (contacto con masas)
  • incendios y explosiones
  • picaduras o mordeduras de animales: avispas, ratas...
  • temperaturas extremas: condiciones climáticas
  • lluvia: altera la resistencia del terreno y puede producir resbalones e intensificar el riesgo eléctrico
  • viento: riesgo de pérdida de estabilidad de elementos
  • nieve
  • heladas.

Medidas y protecciones contra riesgos inevitables

Las medidas preventivas deben seleccionarse y asignarse considerando cada riesgo por separado. La persona encargada de facilitar a los trabajadores las orientaciones y aclaraciones necesarias para la correcta utilización de las protecciones colectivas, los equipos de protección individual y las medidas preventivas ostenta el cargo de recurso preventivo, y debe pertenecer a la empresa constructora. Para evitar daños a terceros, las medidas a adoptar son:
  • restringir el acceso a la obra: señalización y cerramiento perimetral
  • en caso de acceso necesario de terceras personas, disponer medidas extraordinarias de protección: mecanismos de llamada, delimitación de zonas de atención, instrucción sobre medios de prevención, disposición de acompañantes, entrega de Equipos de Protección Individual (EPI)...
  • disponer los medios necesarios para evitar la caída de materiales o residuos fuera del recinto de la obra
  • disponer los medios necesarios (señalización, señalistas…) para que la entrada y salida de personas y vehículos no afecten a terceras personas.

Para evitar caídas al mismo nivel, hay que cuidar la señalización de obstáculos y zonas peligrosas, el orden y la limpieza. Para evitar aplastamientos y sepultamientos, hay que disponer la realización de inspecciones periódicas mediante técnicos capacitados para identificar los riesgos y adoptar medidas correctoras adecuadas. Para evitar daños músculo-esqueléticos:
  • disponer medios que reduzcan el esfuerzo: grúas, cabrestantes, carretillas, etc.
  • seleccionar herramientas con diseño ergonómico
  • reducir la duración de las tareas lesivas
  • promover el entrenamiento físico adecuado: ejercicios de estiramiento, flexibilidad, musculación, relajación…
  • programar reconocimientos médicos periódicos
  • disponer la atención médica temprana ante los primeros síntomas.

Para evitar lesiones por vibraciones:
  • evitar, si es posible, el uso de maquinaria vibratoria
  • seleccionar herramientas con diseño ergonómico
  • cuidar el mantenimiento de las herramientas
  • evitar resonancias
  • interponer, si es posible, materiales aislantes
  • vigilar que las herramientas se utilizan adecuadamente
  • evitar la exposición continuada
  • vigilar la predisposición de trabajadores a este tipo de lesiones.


Medidor de Sonido, Tacklife MLM02 Decibelímetro, 30-130dB, Modo Rápido/Lento, LCD Retroiluminada, con Linterna, Batería Incluida, Precisión: ±1.5 dB, Medir Ruido en Casa, Oficina, Teatro, Fábrica
Para evitar lesiones por ruido hay que realizar ensayos mediante sonómetro o decibelímetro. Las medidas a adoptar dependerán de los niveles diarios registrados, pero siempre incluirán la programación de un control médico inicial:
  • 80-85 dBA: informar al trabajador, ofrecer protectores auditivos si los solicita y disponer controles médicos cada cinco años
  • 85-90 dBA: informar al trabajador, entregar protectores auditivos y disponer controles médicos cada tres años
  • 90-140 dBA: informar al trabajador, entregarle protectores, intentar reducir el ruido y disponer controles médicos anuales
  • >140 dBA: imponer el uso obligatorio de los protectores auditivos, señalizar la zona ruidosa y limitar los tiempos de exposición.

Contra riesgos eléctricos, las medidas a adoptar son:
  • alejamiento o separación de los conductores, mediante cubiertas, barreras o aislamientos
  • puesta a tierra de todas las masas.

Contra el riesgo de incendio o explosión:
  • seleccionar materiales de construcción incombustibles o poco combustibles
  • evitar, cuando sea posible, la generación de llamas y chispas
  • instruir a los trabajadores en prevención de conductas peligrosas
  • definir sectores de incendios
  • instalar detectores y extintores
  • extremar la protección en estructuras, vías de evacuación y huecos de ventilación
  • evitar la formación de nubes inflamables
  • sectorizar los espacios que contienen productos potencialmente explosivos
  • instalar dispositivos de ventilación capaces de aliviar la presión en caso de explosión.

Contra el riesgo de picaduras o mordeduras de animales:
  • inspección previa del entorno de trabajo
  • instrucción de primeros auxilios.


Anemómetro Termómetro, Tacklife DA03 Medidor de Velocidad de Aire (0.8~30.0 m/s), Medidor de Tempetratura (-10℃~60℃), Pantalla LCD Retroiluminada con Linterna, Alta Precisión, Batería Incluida
Para controlar los riesgos por viento es necesario utilizar un anemómetro, e interrumpir los trabajos cuando la velocidad supera los 40 km/h. 

Trabajos que implican riesgos especiales

Los riesgos especiales son aquellos que pueden causar daños muy graves o incluso la muerte. La ausencia de medidas preventivas en trabajos afectados por riesgo especial puede motivar la paralización parcial o total de la obra, por orden de cualquier miembro de la dirección facultativa. Los trabajos que siempre habrá que considerar como de riesgo especial son los siguientes:
  • trabajos con riesgo especialmente grave de sepultamiento, hundimiento o caída de altura (más de 2 m)
  • trabajos con exposición a agentes químicos o biológicos, o a radiaciones ionizantes
  • trabajos próximos a líneas eléctricas de alta tensión
  • trabajos a realizar bajo el agua o con riesgo de ahogamiento
  • excavación de túneles o pozos
  • trabajos a realizar en cajones de aire comprimido
  • trabajos que requieran el uso de explosivos
  • manipulación de elementos prefabricados pesados.

viernes, 7 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (IV)

El Estudio de Seguridad y Salud (IV)

Características de la obra


Tratado técnico-jurídico de la edificación y del urbanismo. (Tomo II) Seguridad y salud en la construcción. Prevención de riesgos laborales (Gran Tratado)
Dentro de cada Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe haber un apartado de Características de la obra, destinado a facilitar la detección de los riesgos propios de la obra a ejecutar, basada en sus peculiaridades y en la simultaneidad de los trabajos. El proyectista está obligado a facilitar al redactor del ESS todos los datos necesarios para redactar correctamente este apartado (en el caso de que no se trate del mismo agente): El apartado debe contener los epígrafes siguientes:

Condiciones del entorno

En relación con el entorno, el documento debe proporcionar, al menos, la siguiente información:
  • descripción del entorno: solar, medianeras, edificaciones colindantes o cercanas, instalaciones urbanas, mobiliario urbano, elementos paisajísticos...
  • características geotécnicas: estabilidad de taludes, zonas a compactar, cimentación de grúas, aptitud para el acopio de materiales...
  • acceso a servicios urbanos: acometidas existentes y acometidas a implantar
  • climatología: ámbito de temperaturas a soportar por materiales, equipos e instalaciones
  • acceso peatonal y rodado: dimensiones para acceder, maniobrar, cargar y descargar, resistencia a las cargas y a la meteorología, iluminación, visibilidad, límites de velocidad, interferencia con peatones, con zonas de acopio y almacenaje, con instalaciones...
  • posibilidad de interferencia con instalaciones urbanas: requiere la consulta a las empresas suministradoras, para que proporcionen los trazados de sus redes en la zona
  • presencia de usuarios durante la ejecución de la obra: señalización de itinerarios, prohibición en accesos, consulta de horarios...

El estudio de los accesos peatonal y rodado puede conducir a la necesidad de disponer acciones preventivas:
  • control de acceso
  • puertas
  • cerramiento de obra
  • permisos
  • señalización
  • cortes de tráfico.

Modificaciones en el entorno

Alteraciones que la ejecución de la obra introducirá en el entorno:
  • accesos a la obra: deben señalizarse, advirtiendo de que sólo se admite personal autorizado
  • acceso a los distintos puestos de trabajo
  • zonas de acopio y almacenamiento de materiales: delimitadas y acondicionadas, con especial atención a las sustancias peligrosas
  • zonas de acopio y almacenamiento de los residuos generados: con acceso seguro y libre de obstáculos, e iluminación adecuada
  • interacciones e incompatibilidades con actividades ajenas a la obra
  • instalaciones especiales necesarias.

Tipología y materiales

El ESS debe incluir una descripción del proceso de ejecución de la obra, definiendo métodos y secuencias.

Equipos técnicos

El ESS debe definir:
  • las instalaciones de la obra: electricidad, iluminación, hormigonado...
  • la maquinaria a emplear: de elevación, de transporte, de movimiento de tierras, de ejecución de estructuras...

Medios auxiliares

Lo ideal es que el propio proyectista defina los medios auxiliares a utilizar: andamios, plataformas de trabajo, escaleras portátiles, castilletes de hormigonado, marquesinas, bateas de transporte, peldañeados provisionales, bajantes de escombros, contenedores, puntales, detectores, comprobadores...

Plan de ejecución

Planificar la ejecución de la obra requiere la descomposición del proceso constructivo en actividades elementales. Se puede planificar utilizando la habitual descomposición en capítulos del presupuesto, pero el resultado será mejor cuanto más se descomponga en proceso en actividades diferenciadas. Lo ideal es que cada unidad de obra sea considerada como una actividad diferenciada, siempre que su ejecución sea continua. El Plan de ejecución puede expresarse como una lista numerada, indicando la secuencia en la que habrá que ejecutar las actividades.

Número de trabajadores

El número de trabajadores se calcula considerando a todos los intervinientes en el proceso constructivo, con independencia del tipo de contrato que hayan suscrito. Puede estimarse dividiendo el coste total de la mano de obra (35% s/ PEM) por el coste medio que cada trabajador supondrá en función de la duración prevista. El número obtenido permitirá disponer los Equipos de Protección Individual (EPI) y dimensionar las instalaciones provisionales.

jueves, 6 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (III)

El Estudio de Seguridad y Salud (III)

La identificación de la obra


La correcta identificación de la obra en el Estudio de Seguridad y Salud (ESS) puede estructurarse en los epígrafes siguientes:

Objeto del Estudio

El objetivo del ESS es la definición de un nivel de seguridad que permita salvaguardar la salud y la seguridad de los trabajadores en la obra, contando con la correcta actuación de todos los agentes intervinientes. Después de que la información que contiene es trasladada al Plan de Seguridad y Salud (PSS), su finalidad acaba siendo que los trabajadores conozcan las medidas a adoptar en casos de emergencia, los riesgos laborales a los que se enfrentan y las acciones preventivas a realizar para evitarlos o reducirlos a niveles aceptables.

Denominación y tipología


Seguridad y salud en las obras de construcción (Biblioteca de prevención de riesgos laborales)
En principio, hay que distinguir si se trata de una obra pública o privada y del tipo en el que se encuadran, entre los establecidos por el R.D. 1627/1997:
  • excavación
  • movimiento de tierras
  • construcción
  • montaje o desmontaje de elementos prefabricados
  • acondicionamiento o instalaciones
  • transformación
  • rehabilitación
  • reparación
  • desmantelamiento
  • derribo
  • mantenimiento
  • conservación
  • saneamiento.

En las obras de construcción a las que se exige proyecto, el ESS (o EBSS) es obligatorio, pero también cabe la posibilidad de que el ESS se esté redactando con carácter voluntario en una obra a la que no se haya exigido proyecto.

Situación de la obra

En localizaciones difícilmente identificables, puede ser oportuno incluir un plano de situación que facilite el posible acceso de los servicios de emergencia, e incluso facilitar los datos de contacto de alguien dispuesto a facilitar el acceso desde algún punto reconocido.

Identificación de agentes intervinientes

En general, conviene que todos los agentes queden identificados por su nombre, su NIF y su dirección. El ESS debe identificar a los siguientes agentes:
  • promotor: persona física o jurídica, pública o privada, individual o colectiva que impulsa, programa y financia las obras
  • constructor o contratista: persona física o jurídica que asume el compromiso de ejecutar la obra, total o parcialmente
  • proyectista: autor o redactor del proyecto de obra
  • coordinador de seguridad y salud durante la redacción del proyecto (obras con varios proyectistas): técnico competente, en función del tipo de obra y del uso edificatorio
  • redactor del ESS: técnico competente
  • coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra (obras con varios contratistas, con contratistas y trabajadores autónomos o con varios trabajadores autónomos): técnico competente.

Cuando el promotor formalice contratos directos con trabajadores autónomos pasará a tener consideración de contratista, y quedará obligado a proporcionarles servicios de prevención. Cuando sea necesaria la designación de un coordinador de seguridad y salud durante la redacción del proyecto, dicho coordinador será también responsable de la redacción del ESS.

Datos económicos de la obra

El ESS debe indicar:
  • el Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de la obra
  • el presupuesto del capítulo dedicado a seguridad y salud: entre un 1,5 y un 3 % del PEM de la obra.

Fecha prevista para el inicio

Si se desconoce, hay que hacerlo constar, pero siempre conviene estimar, al menos, la época de comienzo, a fin de prever posibles riesgos derivados de la meteorología.

Duración prevista y número de trabajadores

La duración estimada para ejecución de los trabajos y el número máximo de trabajadores en la obra son datos que deben ser calculados mediante una correcta planificación de la obra.

Número previsto de contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos

Si se desconoce, hay que hacerlo constar.

miércoles, 5 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (II)

El Estudio de Seguridad y Salud (II)

Autor del ESS. Memoria.


Prevención integral e integrada de riesgos laborales: estudio de seguridad y salud
En los proyectos en los que intervienen varios proyectistas, el promotor debe designar a un Coordinador de seguridad y salud durante la redacción del proyecto, y ese coordinador debe redactar el Estudio de Seguridad y Salud (ESS). En los demás casos, es el proyectista quien debe redactar, o hacer que se redacte, bajo su responsabilidad, el ESS. En proyectos de edificación, el ESS debe formar parte de los Anejos a la memoria.

Memoria del ESS

Cada ESS debe contener una Memoria con los siguientes apartados:
  • Identificación de la obra
  • Características de la obra
  • Acciones preventivas
  • Implantación de la prevención.

A su vez, el apartado de Identificación de la obra contendrá los epígrafes siguientes:
  • Objeto del ESS
  • Denominación y tipología de la obra
  • Situación de la obra
  • Identificación de los agentes intervinientes: promotor, constructor, proyectista, coordinador de seguridad y salud durante la redacción del proyecto y durante la ejecución de la obra y redactor del ESS
  • Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de la obra
  • PEM de seguridad y salud
  • Fecha prevista para el inicio de los trabajos
  • Duración prevista para los trabajos
  • Número máximo estimado de trabajadores empleados en la obra
  • Número previsto de contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.

El apartado de Características de la obra debe contener:
  • Condiciones del entorno de la obra
  • Alteraciones que la ejecución de la obra producirá en el entorno
  • Sistemas, materiales, equipos técnicos y medios auxiliares a emplear
  • Plan de ejecución
  • Estimación del número de trabajadores de acuerdo con el Plan de ejecución.

El apartado Acciones preventivas contendrá:
  • Información sobre el Plan de emergencia, los riesgos laborales que pueden ser evitados y los que no, las medidas preventivas, las protecciones técnicas y los trabajos que implican riesgos especiales
  • Formación
  • Señalización
  • Medidas preventivas complementarias
  • Protecciones técnicas contra incendios, colectivas, contra riesgo eléctrico y Equipos de Protección Individual (EPI)
  • Descripción de la dotación de locales sanitarios y de locales comunes
  • Previsiones e informaciones útiles en relación con trabajos posteriores.

Por último, el apartado Implantación de la prevención debe contener:
  • Gestión de la prevención de riesgos
  • Coordinación de actividades preventivas
  • Organización de recursos preventivos
  • Procedimientos, instrucciones y controles.

lunes, 3 de septiembre de 2018

Estudio de Seguridad y Salud (I)

El Estudio de Seguridad y Salud (I)

Necesidad de ESS y de EBSS. Cálculos.


Los Estudios de Seguridad y Salud (ESS) y los Estudios Básicos de Seguridad y Salud (EBSS) son necesarios cuando concurren las siguientes circunstancias:
  • que se pretenda ejecutar obras de construcción
  • que se haya designado a un proyectista para dichas obras.

Obras sin Plan de Seguridad y Salud

En obras contratadas directamente entre un promotor y unos trabajadores autónomos que no ostenten condición de contratistas ni subcontratistas, no se requiere la redacción de PSS. En esas obras, es aconsejable que el Estudio de Seguridad y Salud (ESS) o Estudio Básico de Seguridad y Salud (EBSS) incluido en el proyecto sea considerado como documento de planificación preventiva.

Obras sin ESS ni EBSS

Si no se requiere proyecto, no será necesario disponer de ESS, EBSS ni Plan de Seguridad y Salud (PSS). Es el caso de las siguientes obras:
  • obras en las que la Administración competente no requiere proyecto, por su menor entidad
  • obras ejecutadas con urgencia, para solventar casos de riesgo inminente
  • obras de conservación de carreteras.

No obstante, todos los trabajadores intervinientes en esas obras deben recibir:
  • protecciones y medidas preventivas adecuadas para su puesto de trabajo
  • instrucciones de seguridad emitidas por los fabricantes de Equipos de Protección Individual (EPI)
  • instrucciones de seguridad emitidas por los fabricantes de la maquinaria a emplear.


Manual práctico para la elaboración de estudios de seguridad y salud en obras

ESS o EBSS

Los proyectos de obras de construcción deben incluir un ESS cuando en ellas se da alguna de las circunstancias siguientes:
  • el presupuesto de contrata supera los 450.759,08 euros
  • la duración estimada de la obra supera los 30 días laborables y se prevé la intervención simultánea de más de 20 trabajadores en algún momento
  • el volumen total de mano de obra estimada supera los 500 días de trabajo, considerando la suma de todos los trabajadores intervinientes
  • son obras de construcción de túneles, galerías, conducciones subterráneas o presas.

Si no se da ninguna de esas circunstancias, bastará con un EBSS.

Cálculos

El cálculo correcto de la duración estimada de la obra, así como del número de trabajadores que intervendrán de manera simultánea, requerirá la elaboración de un completo Plan de ejecución. El cálculo del volumen de mano de obra estimada requiere conocer los datos siguientes:
  • el Presupuesto de Ejecución Material del proyecto (PEM)
  • el plazo de ejecución previsto
  • coste medio de la hora de trabajo en el sector de la construcción (20,00 euros en 2017)
  • estimación de horas de trabajo por día (7,5 horas)
  • estimación del porcentaje que supone la mano de obra sobre el presupuesto de ejecución material (30-40 %)
  • estimación de horas anuales de trabajo por cada trabajador (1.746 horas).

A partir de todos esos datos se calcula:
  • el importe total de la mano de obra (30-40 % s/ PEM)
  • el número total de horas de trabajo previstas para cada trabajador
  • el número medio de trabajadores
  • el número de jornales.

El Plan de ejecución de la obra

El Plan de ejecución de la obra es un documento en el que se describe el proceso de construcción, concretando los recursos, plazos y costes previstos, y la calidad esperada. La planificación requiere dividir las actividades en unidades de obra y analizar las dependencias e interferencias entre ellas. El R.D. 1627/1997 obliga a que el proyectista considere los principios generales de acción preventiva con el fin de planificar las tareas destinadas a desarrollarse de manera simultánea o sucesiva, y a estimar la duración que cada una de esas tareas requiere. También obliga a que la Memoria de cada Estudio de Seguridad y Salud (ESS) determine el proceso constructivo y establezca el orden de ejecución de los trabajos. Los posibles métodos para la redacción de un buen Plan de ejecución son:
  • el método Pert
  • los diagramas de precedencias
  • los diagramas de Gantt.