El Estudio de Seguridad y Salud (IX)
Implantación de la prevención: Coordinación de actividades preventivas y Organización de los recursos. Procedimientos, instrucciones y controles.
Los medios de coordinación son:
- el intercambio de información entre empresas
- la celebración de reuniones periódicas entre empresas
- las reuniones entre los distintos comités de seguridad y salud o entre empresarios y delegados de prevención
- la instrucción en materia de seguridad y salud
- el establecimiento de medidas específicas, procedimientos o protocolos de prevención de riesgos
- la presencia de recursos preventivos
- la designación de responsables para la coordinación de actividades preventivas.
Los objetivos de la coordinación de actividades preventivas son:
- la aplicación responsable y coherente de los principios de acción preventiva
- la correcta aplicación de los métodos de trabajo
- el control de interacciones entre actividades diferentes
- la adecuación entre los riesgos existentes y las medidas dispuestas para prevenirlos.
Los encargados de la coordinación de actividades preventivas tienen las funciones siguientes:
- estar presentes en el centro de trabajo durante el tiempo que requiera el ejercicio de sus funciones
- propiciar la consecución de los objetivos de la coordinación
- propiciar el intercambio de informaciones entre empresas
- las que encomiende el empresario titular del centro de trabajo.
Organización de los recursos preventivos
Los recursos preventivos pueden ser:- trabajadores designados por el empresario
- miembros pertenecientes al servicio de prevención, ya sea éste propio o ajeno.
Cada contratista debe procurar que sus recursos preventivos estén presentes en la obra cuando se vaya a ejecutar trabajos con riesgos especiales, a fin de que vigilen el cumplimiento de las medidas establecidas en el Plan de Seguridad y Salud (PSS) y comprueben su eficacia.
Procedimientos, instrucciones y controles
El Estudio de Seguridad y Salud (ESS) debe exigir que el PSS defina los procedimientos que cada contratista utiliza en materia de seguridad. El Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra puede exigir la inclusión de procedimientos en el PSS, así como su modificación. La definición debe limitarse a la secuencia de operaciones implicadas en cada trabajo, informando de los medios materiales y humanos que requiere una ejecución segura y organizada. Los procedimientos de seguridad que deben quedar documentados en el PSS son:
- los destinados a controlar riesgos especiales
- los destinados a ejecutar las medidas de seguridad asociadas a los trabajos caracterizados por riesgo especial (barandillas, andamios, ganchos de seguridad, arneses anticaídas, puntos de fijación, cables fiadores…)
- los de utilización de equipos de trabajo, protecciones colectivas y Equipos de Protección Individual (EPI) cuando no tienen marcado CE (la existencia de marcado implica que ya tienen instrucciones de uso)
- los de control de la aplicación de los métodos de trabajo
- los de gestión de la seguridad (interferencias con infraestructuras, atención a la dirección facultativa, controles de acceso a la obra, reuniones, nombramientos, asistencias, modificaciones del PSS, certificados de aptitud o formación, capacitaciones para el uso de maquinarias…).
El procedimiento de control de acceso a la obra debe incluir la identificación de los responsables y el método a seguir. Si el acceso de vehículos es frecuente, el procedimiento podrá incluir la disposición de las señales siguientes:
- control de gálibo
- velocidad máxima (20 km/h)
- zonas de tránsito de peatones
- sentidos de circulación y salidas.
Arquitecto Daniel Trujillano
Proyecto y dirección de obras de construcción
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